¿El asunto de las clausulas suelo está resuelto? No del todo

¿El asunto de las clausulas suelo está resuelto? No del todo

El Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid ha condenado a 40 entidades financieras a eliminar por abusivas todas las cláusulas suelo que no son transparentes y a devolver a los consumidores las cantidades indebidamente abonadas desde el 9 de mayo de 2013.

¿El asunto de las clausulas suelo está resuelto? No del todo

Por cierto conviene aclarar que:

No es cierto lo que se está diciendo desde ADICAE: la Asociación dice que el tema de las clausulas suelo esta ya completamente resuelto y siempre es una cláusula nula. No es cierto. Se debe atender a cada caso. Cualquier otro juzgado de España de primera instancia, para un asunto en concreto, puede dictar una resolución y no considerar la cláusula como nula.

Como dijo el TS, las cláusulas suelo no son nulas «per se».

Por lo que es muy arriesgado que desde ADICAE, se diga que los perjudicados en cualquier caso verán satisfecha su pretensión de la cláusula sea nula.

Si bien, en la gran mayoría de casos si existe esa nulidad, el algún caso aislado los jueces no lo están estimando.

Os recuerdo mi pagina de contacto para cualquier tema relacionado con cláusulas suelo u otros.

RECLAMA TU CLAÚSULA SUELO

El TS anula la compra de acciones de Bankia

Compartimos noticia de nuestro facebook sobre asunto de acciones de Bankia:

«El Tribunal supremo anula la compra de acciones de Bankia por engaño».
Os recordamos que desde nuestro despacho podemos asesoraros, dado que tenemos una amplia experiencia en este tipo de reclamaciones (así como un elevado porcentaje de éxito superior al 95%).
bankia

 

En concreto, el razonamiento de la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª) de 29 de diciembre de 2014, indica literalmente lo siguiente:

“1º) Se anuncia y explicita públicamente al inversor, una situación de solvencia y económica con relevantes beneficios netos de la sociedad emisora de las nuevas acciones, además con unas perspectivas, que no son reales.

2º) Esos datos económicos, al encontrarnos ante un contrato de inversión, constituyen elementos esenciales de dicho negocio jurídico, hasta el punto que la propia normativa legal expuesta exige de forma primordial su información al inversor y con tales datos evalúa y considera el público inversor su decisión de suscripción, resultando obvia la representación que se hace el inversor, ante esa información divulgada: va a ser accionista de una sociedad con claros e importantes beneficios, cuando realmente, está suscribiendo acciones de una sociedad con pérdidas multi-milmillonarias.

3º) Siendo contratos de inversión, en concreto de suscripción de nuevas acciones, donde prima la obtención de rendimiento (dividendos), la comunicación pública de unos beneficios millonarios, resulta determinante en la captación y prestación del consentimiento.

4º) El requisito de excusabilidad es patente: la información está confeccionada por el emisor con un proceso de autorización del folleto y por ende de viabilidad de la OPS supervisado por un organismo público, generando confianza y seguridad jurídica en el inversor.”

«El Tribunal supremo anula la compra de acciones de Bankia por engaño»…

Posted by Juan Carlos Centeno – Abogado on Jueves, 28 de enero de 2016

7 cosas que no conoces y definen a la banca ética

Es poco conocida pero es un modelo de banca a la que el usuario puede acudir. Poco se sabe de la banca ética y muchos se preguntan si realmente estas dos palabras pueden ir unidas “banca” y “ética”, y más habiendo sido espectadores de lujo de un espectáculo bancario como el vivido en los últimos tiempos –preferentes, cláusulas abusivas, tarjetas black…-.

7 cosas que no conoces y definen a la banca ética

Pero sí, existe una banca ética. Otro modo de entender el negocio o mejor dicho dejando de lado un poco el negocio como tal –los intereses exclusivamente económicos- y apostando por lo social, por huir de hablar el mismo lenguaje que el mercado financiero y por hacer que la solidaridad sea una realidad en vez de un mero concepto. Este tipo de banca apela a que no puede haber una banca que no tenga en cuenta factores como la vulnerabilidad, la exclusión o la desprotección de los ciudadanos. Aplicar la ética a la gestión económica y financiera es posible. Además, según el Barómetro de las Finanzas Éticas 2014 elaborado por el Observatorio de las Finanzas Éticas, este tipo de banca durante el 2014 alcanzó más de 180.000 clientes, lo que supone un aumento del 18%, además de recoger un ahorro de 1.497 millones de euros –un 16,73% más que durante el año anterior-.

7 rasgos de la banca ética

  1. No existe regulación específica sobre banca ética. Como tal no hay una regulación que contemple la banca ética. Se rige por la misma normativa que cualquier entidad bancaria, es decir, por normas reguladoras de la Unión Europea y por las propias normas del país miembro en el que opere.
  2. Transparencia como pilar básico. Se trata de una característica definitoria esencial. Este tipo de entidades operan bajo una política de transparencia en su gestión y operativa. Su objetivo es apostar por la claridad y transparencia en condiciones de contratación y además también en el destino del dinero de los clientes –se conoce dónde con claridad y transparencia dónde invierten los fondos, aplicando para ello criterios de inversión positivos-.
  3. Financia proyectos sociales y medioambientales. Al hilo del término del punto anterior, ofrecen información precisa del destino de las inversiones de la entidad, siendo éstas proyectos sociales, de medio ambiente, culturales… La idea es que todo aquel capital que el banco maneja y la manera en la que lo invierte sea acorde con los principios éticos y sociales que definen a la banca ética.
  4. No especulan. Su objetivo principal no es el de ganar dinero, por ello no suelen tener presencia en la banca de inversión tal y como hacen las entidades que no pertenecen al modelo de banca ética.
  5. Compromiso con el derecho al crédito. Entre sus objetivos está el de favorecer la financiación a clientes con proyectos viables o el de conceder financiación que se adapte a las necesidades de los clientes –evitando solicitar garantías o avales según el caso-.
  6. Poca presencia en España. La realidad es que en España este modelo de banca no está muy extendido y son solo dos entidades las que tienen una mayor presencia, una de ellas es Triodos Bank y la otra es Fiare Banca Ética –esta última elegida por el partido político Podemos para financiar su campaña-. Además existen otras opciones como Coop57 o por ejemplo Oikocredit que se configuran como cooperativas que ofrecen servicios financieros siguiendo los principios de la banca ética.
  7. Entre los más valorados por los clientes. A pesar de no ser un tipo de banca muy extendido en el país, sí que se postula como uno de los que más y mejor valoran los clientes. Y es que según una encuesta de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), Triodos Bank es la segunda entidad con mejor índice de satisfacción por parte de los clientes.

En definitiva la banca ética busca establecer una compatibilidad entre el rendimiento y beneficio social y el económico. Se trata de una banca que está orientada a un cliente que busca y desea que su dinero sea empleado de un modo ético, de modo que el objetivo principal de la entidad será el de buscar y encontrar beneficios sociales.

 

Este artículo se publicó originalmente en Cinco días-