Los ciegos, sordos y mudos ya podrán ser testigos en los testamentos en España
- No podrán ser testigos en testamentos «los menores de edad, los que no entiendan el idioma y los que no presenten el discernimiento necesario».
- El Partido Popular ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que será aprobada este miércoles en el Senado.
El PP ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que será aprobada este miércoles en el Senado, para suprimir la prohibición de que sean testigos en los testamentos algunas personas por su discapacidad, como ciegos, sordos y mudos. En la enmienda, a la que ha tenido acceso Efe, los populares explican que esta disposición es contraria a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, vigente en España desde el 3 de mayo de 2008.
Al respecto, la Convención obliga a los estados partes, como España, a «modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad». Con la redacción actual del artículo 681 del Código Civil, no pueden ser testigos en los testamentos «los ciegos y los totalmente sordos o mudos» y «los que no estén en su sano juicio».
De esta forma, no podrán ser testigos en testamentos «los menores de edad, los que no entiendan el idioma del testador, los que no presenten el discernimiento necesario para desarrollar la labor testifical y el cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Notario autorizante y quienes tengan con éste relación de trabajo.»
En un comunicado, la Fundación Aequitas ha celebrado esta modificación que subsana una «tremenda injusticia» hacia las personas con discapacidad. «Nos congratulamos de que esa discriminación vaya a ser ahora eliminada», señala la Fundación, creada en 1999 por el Consejo General del Notariado para la mejora de la protección jurídica de colectivos necesitados de especial protección.
Fuente original: 20minutos